Hoteles y restaurantes: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para deducir los gastos del Impuesto a la Renta?


El Ejecutivo publicó una norma que establece que solo se podrá deducir las boletas por consumo de comida u hospedaje del Impuesto a la Renta cuando el negocio tenga registrado estos servicios como actividad principal o secundaria.


(Foto: Archivo)

Desde el 1 de Enero del 2019, los trabajadores que generan rentas de cuarta (independientes) y quinta categoría (dependientes) pueden deducir el 15% de sus gastos en consumos por servicios de hoteles y restaurantes del Impuesto a la Renta. Este 15% no debe ser mayor de 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que en el 2020 tendrá un valor equivalente a S/12.900.

No obstante, el Poder Ejecutivo publicó el 30 de Diciembre del 2019 el Decreto Supremo 402-2019-EF, que establece que solo se podrá acceder a este beneficio en el ejercicio del 2020 cuando el negocio del que se recibe el servicio haya registrado ante la Sunat que su actividad principal o secundaria es el servicio de hotelería o los propios de un restaurante.


Llanet Gaslac, Asociada senior del Estudio Rebaza, explica que las personas naturales exijan a los negocios comprobantes de pago para así garantizar que estos últimos paguen impuestos.

Antes de la publicación del Decreto Supremo la Norma mencionaba que se podía deducir del Impuesto a la Renta los servicios de comida o de hospedaje, sin la condición de que el establecimiento haya registrado estos como actividades principales o secundarias.

Por ejemplo: Una persona almuerza en la cafetería de la Universidad donde estudia. Probablemente la Universidad ya paga los impuestos que le corresponden por su actividad principal, y también aquella por la venta de comida. Entonces, ahí no se estaba cumpliendo el objetivo que la norma busca, que no es solo darle un beneficio a la persona natural, sino condicionar dicho beneficio al pago efectivo de tributos por parte del prestador del servicio. Recordemos el alto nivel de evasión en el negocio de hoteles y restaurantes.


“Con esta modificación se mantiene la posibilidad de deducir los gastos [por consumo en hoteles o restaurantes], pero en la medida de que esos servicios sean la actividad principal o secundaria de los negocios”, subraya Gaslac.

¿QUIÉNES PAGAN IMPUESTO A LA RENTA?
Las personas naturales que están obligados pagar Impuesto a la Renta son quienes perciben ingresos por encima de 7 UIT, que al 2020 equivale a S/30.100. EL COMERCIO.



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